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Qué es un alcalde pedáneo y qué hace

Qué es un alcalde pedáneo y qué hace

Alcalde pedáneo es el nombre que recibe el representante del órgano unipersonal ejecutivo que se sitúa al frente del gobierno local de una pedanía o sindicatura (entidad local de ámbito territorial inferior al municipal), siendo estas entidades submunicipales. El alcalde pedáneo vendría a ser el alcalde de un núcleo de población, generalmente rural y de pequeño tamaño (caseríos, parroquias, aldeas, barrios, concejos, pedanías, anteiglesias, lugares anejos y otros análogos), situado dentro de un término municipal regido por otra localidad mayor.

Así mismo, y en ciertos territorios, se considera el representante de la junta vecinal.

Puede ser candidato para alcalde pedáneo cualquier elector residente en el municipio con derecho de sufragio pasivo. El alcalde pedáneo es comúnmente elegido por los electores del municipio o solamente por los electores o residentes de la pedanía o entidad local inferior al municipio de que se trate, mediante sistema mayoritario. Si no es así, suele ser designado de manera directa por la alcaldía o pleno municipal.

El artículo 26 de la Ley 3/1991, de 14 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha establece que son competencias de las Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio las siguientes:

  • La administración y defensa de su Patrimonio.
  • La ejecución de obras y prestación de servicios de su interés.
  • Aquellas otras que le delegue el Municipio, previa aceptación por la Entidad, y con la asignación de los recursos necesarios para su ejercicio.